Exp.
000950-2002
Refuta Alegado de la denunciada
SEÑORES
OFICINA DE DERECHOS DE AUTOR
DEL I.N.D.E.C.O.P.I.
LOBSANG
VOGEL ALVITES SZALER, en los seguidos con IMPULSO INFORMATICO
S.A. sobre INFRACCION A LA LEY DEL AUTOR, a Ud.como mejor
proceda, digo:
Que con relación a lo argüido por la denunciada
en su escrito de 09 de Abril último, debo precisar
lo siguiente:
1.- Si bien inicialmente mi denuncia se concretó, aparte
de la venta de mi videojuego fuera del plazo pactado, a la
fabricación no autorizada de 3,000 covers, backcovers
y exhibidores de CDs, posteriormente, y dado que la denunciada
no pudo explicar satisfactoriamente la fabricación
de 8,000 empaques en lugar de 5,000, fue entonces que por
escrito de 20 de Enero de 2003 precisé que "la
denunciada produjo PIEZAS del videojuego en exceso, sin mi
conocimiento y menos autorización".
Esta sobreproducción es un claro indicio de que NO
se utilizaron para fines propagandísticos, como arguye
la denunciada, sinó para EMPACAR CD-ROMS PIRATAS dándoles
así la apariencia externa de ser CDs Originales. PODRIA
tratarse de una NUEVA MODALIDAD DE PIRATERÍA
en nuestro mercado y muy bien planeada: sirviéndose
de un software nacional y dirigido a un publico masivo, se
producen CDs originales mientras que por otro lado se graban
CDs PIRATAS y se EMPACAN COMO SI FUERAN ORIGINALES. El público
no podría reconocer si el empaque contiene un original
o una copia. Ni el autor del videojuego podría diferenciarlos.
En mi caso quien sabe cuantos empaques más podrían
haberse mandado a producir de manera oculta.
El público, acostumbrado a comprar CDs piratas, hubiera
comprado de buena fe un original por unos cuantos Nuevos Soles
más, para luego darse con la sorpresa, algunos de ellos,
que en el interior del estuche había un CD "pirata".
Algo parecido a lo que ocurre con la CDs de música.
2.- También resulta deleznable el argumento de la denunciada
de que fabricó 8,000 empaques porque le salía
mas a cuenta fabricar 4,000 más en lugar de los 1,000
que faltaban, toda vez que los primeros 4,000 se hicieron
en NEGOCIACIONES ARIES S.A. por la suma de S/.2,027,28
según la Factura del 17 de Diciembre de 2001,
y los siguientes 4,000 se hicieron en IMPRESA por la suma
de US $ 1,280.00 según la Factura del 11 de Enero
de 2002, que al cambio de S/.3.45 por Dólar equivalen
a S/. 4,416.00, esto significa S/. 2,388.72 más
que el primer tiraje!!!!!!!! INCREÍBLE!!! ENTONCES,
DE QUE VENTAJA ESTAMOS HABLANDO? Por el contrario, es un SOBRECOSTO
INJUSTIFICABLE.
3.- La denunciada también MIENTE DESCARADAMENTE
TRATANDO DE SORPRENDER A SU DESPACHO cuando afirma que
"el cover, backcover y exhibidor fueron creados por
personal de (su) empresa para la publicidad del
videojuego". Dicha falsedad la pruebo con el DISKETTE
que presenté, junto al CD-Rom, para la inscripción
de mi Derecho de Autor. En el subdirectorio "PACKAGES"
en el diskette se podrá apreciar que los tres diseños
(cover, backcover y exhibidor) ya los había creado
YO en tal oportunidad, el 05 de Noviembre de 2001, en que
presenté mi solicitud de inscripción, esto es,
antes del Contrato que firmara con la denunciada el 06 de
Noviembre de 2001. Y como ya expuse en mi informe oral ante
su Despacho, no pude incluir los diseños finales puesto
que urgía enviar el CD a la fabrica para su inmediata
producción antes de la campaña navideña,
como se aprecia de la Orden de compra de IMPULSO INFORMATICO
a LASER DISC, proceso de fabricación que tardó
casi 4 semanas, tiempo que aproveche para darles los últimos
retoques. Como es lógico pensar, el Backcover y Exhibidor
requieren de graficos (screenshots) del videojuego, eso explica
porque los termine a destiempo luego de registrarlos en INDECOPI.
De ahí que, aunque el Cover, Backcover y Exhibidor
no se hallan especialmente inscritos a mi favor, su autoría
de mi parte se evidencia con la prueba PRE CONSTITUIDA y de
fecha cierta del Título Archivado del Registro de mi
videojuego.
4 - El dibujo principal utilizado como portada de los empaques
(la pelea entre los 4 personajes del videojuego), es lo que
caracteriza el videojuego, y dicho dibujo ES DE MI CREACION.
Incluso se trata exactamente del mismo dibujo en la pantalla
de Opciones dentro del videojuego. Evidentemente, IMPULSO
INFORMATICO S.A., ha pretendido atribuirse mi trabajo creativo
para exculparse de todas sus infracciones.
5.- Por lo demás, debo reiterar que los hechos denunciados
en este proceso ocurrieron o me enteré de los mismos
luego de iniciado el proceso que se ventila en el 11º
Juzgado Civil, concretamente, la sobre fabricación
de empaquetaduras, al notificárseme con su escrito
de Contestación a la Demanda, no siendo tampoco materia
de los hechos allí controvertidos, y la venta indebida
de CDs. durante el proceso. Aparte de mi derecho que había
quedado pendiente de denunciar por el impedimento que se me
hizo de mi derecho de controlar la fabricación y comercialización.
Por lo expuesto, solicito se resuelva mi Denuncia declarándola
Fundada.
POR TANTO:
Es justicia que espero alcanzar.
OTROSI DIGO: Que adjunto copia de la Orden de Compra de la
denunciada a LASER DISC.
OTROSI DIGO: Que ofrezco expresamente como prueba el Diskette
que corre, conjuntamente con el C.D. del videojuego, en el
Expediente archivado que sustenta la inscripción de
mi Derecho de Autor en la Partida No. 0949-2001 de 05 de Noviembre
de 2001, cuya certificación tengo recaudada con mi
denuncia, y que solicito se tenga a la vista al momento de
dictarse resolución final esta causa.
Lima, 23 de Mayo de 2003.
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